17.4.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 100/10
Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 16 de diciembre de 2009 [peticiones de decisión prejudicial planteadas por la High Court of Justice (Chancery Division), la High Court of Justice (England & Wales) y la Queen’s Bench Division (Administrative Court) — Reino Unido] — Football Association Premier League Ltd, NetMed Hellas SA, Multichoice Hellas SA/QC Leisure, David Richardson, AV Station plc, Malcolm Chamberlain, Michael Madden, SR Leisur Ltd, Philip George Charles Houghton, Derek Owen (C-403/08), Karen Murphy/Media Protection Services Ltd (C-429/08)
(Asuntos acumulados C-403/08 y C-429/08) (1)
(Remisión prejudicial - Solicitud de participación en el procedimiento - Desestimación)
2010/C 100/15
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
High Court of Justice (Chancery Division), High Court of Justice (England & Wales), Queen’s Bench Division (Administrative Court)
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Football Association Premier League Ltd, NetMed Hellas SA, Multichoice Hellas SA (C-403/08), Karen Murphy (C-429/08)
Demandadas: QC Leisure, David Richardson, AV Station plc, Malcolm Chamberlain, Michael Madden, SR Leisur Ltd, Philip George Charles Houghton, Derek Owen (C-403/08), Media Protection Services Ltd (C-429/08)
Objeto
Petición de decisión prejudicial — High Court of Justice (Chancery Division) — Interpretación de los artículos 28 CE, 30 CE, 49 CE y 81 CE, así como de los artículos 2, letras a) y e), 4, letra a), y 5, de la Directiva 98/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 1998, relativa a la protección jurídica de los servicios de acceso condicional o basados en dicho acceso (DO L 320, p. 54), de los artículos 2, 3 y 5, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167, p. 10), del artículo 1, letras a) y b) de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (DO L 298, p. 23), e interpretación de la Directiva 93/83/CEE del Consejo, de 27 de septiembre de 1993, sobre coordinación de determinadas disposiciones relativas a los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la distribución por cable (DO L 248, p. 15) — Concesión, a título oneroso, de derechos exclusivos para garantizar la retransmisión por satélite de partidos de fútbol — Comercialización, en el Reino Unido, de descodificadores, legalmente comercializados en otro Estado miembro, que permiten ver tales partidos vulnerando los derechos de exclusiva otorgados.
Fallo
1)
Desestimar las solicitudes de participación en el procedimiento de la Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol (UEFA), de British Sky Broadcasting Ltd, de Setanta Sports Sàrl y de The Motion Picture Association.
2)
No ha lugar a pronunciarse sobre las costas.
(1) DO C 301, de 22.11.2008.
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