12.4.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 92/20
Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 15 de febrero de 2008 — Copad SA/1. Christian Dior couture SA, 2. Sr. Vincent Gladel, en su condición de administrador judicial de la Société industrielle de lingerie (SIL), 3. Société industrielle de lingerie (SIL)
(Asunto C-59/08)
(2008/C 92/37)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour de cassation (Francia)
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Copad SA
Demandada: 1. Christian Dior couture SA, 2. Sr. Vincent Gladel, en su condición de administrador judicial de la Société industrielle de lingerie (SIL), 3. Société industrielle de lingerie (SIL)
Cuestiones prejudiciales
1)
¿El artículo 8, apartado 2, de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (1), debe interpretarse en el sentido de que el titular de una marca puede invocar los derechos conferidos por dicha marca frente al licenciatario que infrinja una cláusula del contrato de licencia que, debido al prestigio de la marca, prohíbe la venta a saldistas?
2)
¿El artículo 7, apartado 1, de dicha Directiva debe interpretarse en el sentido de que la comercialización por el licenciatario de los productos de una marca en el espacio económico europeo, mediando incumplimiento de una cláusula del contrato de licencia que, debido al prestigio de la marca, prohíbe la venta a saldistas, se ha efectuado sin el consentimiento del titular de la marca?
3)
En caso de respuesta negativa, ¿puede el titular basarse en dicha cláusula para oponerse a una nueva comercialización de los productos con fundamento en el artículo 7, apartado 2, de la misma Directiva?
(1) DO 1989, L 40, p. 1.
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