9.5.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 116/19
Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Ireland (Irlanda) el 25 de marzo de 2008 — Blaise Baheten Metock, Hanette Eugenie Ngo Ikeng, Christian Joel Baheten, Samuel Zion Ikeng Baheten, Hencheal Ikogho, Donna Ikogho, Roland Chinedu, Marlene Babucke Chinedu, Henry Igboanusi, Roksana Batkowska/Minister for Justice, Equality and Law Reform
(Asunto C-127/08)
(2008/C 116/34)
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
High Court of Ireland
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Blaise Baheten Metock, Hanette Eugenie Ngo Ikeng, Christian Joel Baheten, Samuel Zion Ikeng Baheten, Hencheal Ikogho, Donna Ikogho, Roland Chinedu, Marlene Babucke Chinedu, Henry Igboanusi, Roksana Batkowska
Demandada: Minister for Justice, Equality and Law Reform
Cuestiones prejudiciales
1.
¿Permite la Directiva 2004/38/CE (1) que un Estado miembro establezca un requisito general según el cual un cónyuge de un ciudadano de la Unión, nacional de un Estado tercero, debe haber residido legalmente en otro Estado miembro antes de su entrada en el Estado miembro de acogida a fin de que puedan aplicársele las disposiciones de la Directiva 2004/38/CE?
2.
¿Está comprendido en el ámbito de aplicación del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2004/38/CE un nacional de un Estado no miembro de la Unión Europea que:
i)
es cónyuge de un ciudadano de la Unión que reside en el Estado miembro de acogida y en el que concurre el requisito establecido en el artículo 7, apartado 1, letras a), b) o c), y
ii)
reside en el momento considerado en el Estado miembro de acogida con el ciudadano de la Unión, como cónyuge de éste, independientemente del momento o del lugar en el que hubieran contraído matrimonio o del momento o la forma en que el nacional del Estado tercero hubiera entrado en el Estado miembro de acogida?
3.
En el supuesto de que se responda la anterior cuestión en sentido negativo, ¿está comprendido en el ámbito de aplicación del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2004/38/CE un nacional de un Estado no miembro de la Unión Europea cónyuge de un ciudadano de la Unión que:
i)
es cónyuge de un ciudadano de la Unión que reside en el Estado miembro de acogida y en el que concurre el requisito establecido en el artículo 7, apartado 1, letras a), b), o c), y
ii)
reside en el Estado miembro de acogida con el ciudadano de la Unión, como cónyuge de éste,
iii)
haya entrado en el Estado miembro de acogida independientemente del ciudadano de la Unión, y
iv)
se haya casado posteriormente con el ciudadano de la Unión en el Estado miembro de acogida?
(1) DO L 158, p. 77.
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