2.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 197/2
Petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het bedrijfsleven (Países Bajos) el 23 de abril de 2008 — H.J. Nijemeisland/Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit
(Asunto C-170/08)
(2008/C 197/03)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
College van Beroep voor het bedrijfsleven
Partes en el procedimiento principal
Demandante: H.J. Nijemeisland
Demandada: Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el artículo 3 bis del Reglamento (CE) no 795/2004 (1), en relación con el artículo 2, letras r) y s), del Reglamento (CE) no 2419/2001 (2), en el sentido de que mediante él únicamente se pretende evitar que se perpetúen las reducciones o exclusiones impuestas en virtud del Reglamento (CE) no 2419/2001, o también se aplica dicho artículo en el caso de reducciones o exclusiones impuestas en virtud de otros Reglamentos?
(1) Reglamento (CE) no 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (DO L 41, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 2419/2001 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios introducido por el Reglamento (CEE) no 3508/92 del Consejo (DO L 327, p. 11).
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