30.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 223/27
Recurso de casación interpuesto el 24 de junio de 2008 por Christos Michail contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) dictada el 16 de abril de 2008 en el asunto T-486/04, Michail/Comisión
(Asunto C-268/08 P)
(2008/C 223/42)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Christos Michail (representante: C. Meïdanis, avocat)
Otra parte en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas
Pretensiones de la parte recurrente
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Que se declare el recurso de casación admisible y fundado.
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En tanto sea necesario, que se anule la sentencia del Tribunal de Primera Instancia dictada el 16 de abril de 2008 en el asunto T-486/04.
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Que se resuelva sobre las costas como proceda en Derecho.
Motivos y principales alegaciones
El recurrente invoca tres motivos en apoyo de su recurso de casación.
En su primer motivo, el Sr. Michail alega que el Tribunal de Primera Instancia cometió un error en la interpretación y aplicación del Derecho comunitario e incumplió su obligación de motivar las sentencias, al reconocer, en la sentencia recurrida, que la Comisión contribuyó a suscitar en el recurrente el sentimiento de ser víctima de un acoso moral en el sentido del artículo 12 bis del Estatuto de los Funcionarios, y sin embargo desestimar su recurso por infundado.
En su segundo motivo el recurrente reprocha al Tribunal de Primera Instancia haber desnaturalizado los hechos sometidos a su apreciación, en particular al examinarlos de manera individual y no en su contexto global, y haber cometido varios errores en la calificación jurídica de estos hechos.
En su tercer motivo el recurrente critica finalmente la decisión del Tribunal de Primera Instancia de declarar inadmisibles, por falta de precisión, los diversos motivos que invocó en apoyo de su recurso, basados, en particular, en una infracción de los artículos 21 bis, 22 bis y 22 ter del Estatuto y los principios de igualdad de trato y proporcionalidad. En efecto, al fragmentar su demanda en varias partes el Tribunal de Primera Instancia privó a ésta de lo esencial de su objeto y estructura.
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