22.11.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 301/14
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale della Sicilia (Italia) el 21 de agosto de 2008 — ERG Raffinerie Mediterranee SpA y otros/Ministero dello Sviluppo Economico y otros
(Asunto C-379/08)
(2008/C 301/27)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale Amministrativo Regionale della Sicilia
Partes en el procedimiento principal
Demandante: ERG Raffinerie Mediterranee SpA y otros
Demandada: Ministero dello Sviluppo Economico y otros
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Se opone la Directiva 2004/35/CE (1), de 21 de abril de 2004, en materia de resarcimiento por daños medioambientales y, en particular, el artículo 7 y el anexo II de la misma, a una normativa nacional que permite a la administración pública imponer, en cuanto «opciones razonables de reparación del daño medioambiental», actuaciones en las matrices medioambientales (constituidas, en el caso de autos, por la «separación física» de las aguas subterráneas a lo largo de todo el frente marino) distintas y posteriores a las elegidas previamente tras una apropiada fase de instrucción de carácter contradictorio, ya aprobadas, realizadas y en curso de ejecución?
2)
¿Se opone dicha Directiva a una normativa nacional que permite a la administración pública imponer de oficio tales prescripciones, es decir, sin haber evaluado las condiciones específicas del sitio, los gastos de ejecución en relación con los beneficios razonablemente previsibles, los posibles o probables daños colaterales y los efectos desfavorables que pueden producirse sobre la salud y la seguridad públicas, así como el tiempo necesario para su ejecución?
3)
A la vista de la particularidad de la situación que existe en el sitio de interés nacional de Priolo, ¿se opone la citada Directiva a una normativa nacional que permite a la administración pública imponer de oficio tales prescripciones, en cuanto condiciones para autorizar el uso legal de zonas no directamente afectadas por el saneamiento, dado que ya están saneadas o no están contaminadas, incluidas en el perímetro del sitio de interés nacional de Priolo?
(1) DO L 143, p. 56.
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