24.1.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 19/29
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 4 de diciembre de 2008 — People's Mojahedin Organization of Iran/Consejo
(Asunto T-284/08) (1)
(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo - Congelación de fondos - Recurso de anulación - Derecho de defensa - Control jurisdiccional»)
(2009/C 19/55)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: People's Mojahedin Organization of Iran (Auvers-sur-Oise, Francia) (representantes: inicialmente J.-P. Spitzer, abogado, y D. Vaughan, QC, posteriormente J.-P. Spitzer, D. Vaughan y M.E. Demetriou, Barrister)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente G.J. Van Hegleson, M. Bishop y E. Finnegan, posteriormente M. Bishop y E. Finnegan, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Francesa (representantes: G. de Bergues y A.L. During, agentes) y la Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: P. Aalto y S. Boelaert, agentes)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión 2008/583/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se deroga la Decisión 2007/868/CE (DO L 188, p. 21), en la medida en que afecta a la demandante.
Fallo
1)
Anular la Decisión 2008/583/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) no 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se deroga la Decisión 2007/868/CE, en la medida en que afecta a la People's Mojahedin Organization of Iran.
2)
Condenar al Consejo a soportar, además de sus propias costas, las costas de la People's Mojahedin Organization of Iran.
3)
La República Francesa y la Comisión cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 236 de 13.9.2008.
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