6.11.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 301/29
Auto del Tribunal General de 7 de septiembre de 2010 — Norilsk Nickel Harjavalta y Umicore/Comisión
(Asunto T-532/08) (1)
(Recurso de anulación - Medio ambiente y protección de la salud humana - Clasificación, envasado y etiquetado de determinados componentes de carbonato de níquel como sustancias peligrosas - Directiva 2008/58/CE - Directiva 67/548/CEE - Reglamento (CE) no 790/2009 - Reglamento (CE) no 1272/2008 - Adaptación de las pretensiones - Aplicación temporal del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto - Inexistencia de afectación individual - Inadmisibilidad)
2010/C 301/49
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Norilsk Nickel Harjavalta Oy (Espoo, Finlandia) y Umicore SA/NV (Bruselas) (representante: K. Nordlander, abogado)
Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Oliver y D. Kukovec, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de las demandantes: Nickel Institute (Toronto, Canadá) (representantes: K. Nordlander, abogado, D. Anderson, QC, S. Kinsella y H. Pearson, Solicitors)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Reino de Dinamarca (representante: B. Weis Fogh, agente)
Objeto
Demanda de anulación parcial, por una parte, de la Directiva 2008/58/CE de la Comisión, de 21 de agosto de 2008, por la que se adapta al progreso técnico por trigésima vez la Directiva 67/548/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas (DO L 246, p. 1), y, por otra parte, del Reglamento (CE) no 790/2009 de la Comisión, de 10 de agosto de 2009, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) no 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (DO L 235, p. 1), en la medida en que estos actos modifican la clasificación de determinados componentes de carbonato de níquel.
Fallo
1)
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
2)
Norilsk Nickel Harjavalta Oy y Umicore SA/NV cargarán con sus propias costas, así como con las de la Comisión Europea.
3)
El Reino de Dinamarca y Nickel Institute cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 44, de 21.2.2009.
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