Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 10 de marzo de 2009 — Piccoli/OAMI (Forma de una concha)
(Asunto T‑8/08)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria tridimensional — Forma de una concha — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, aps. 1, letra b), y 3] (véanse los apartados 17, 21 a 25 y 38 a 40)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 28 de septiembre de 2007 (asunto R 530/2007-1) relativa a una solicitud de registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de una concha.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
G.M. Piccoli Srl
Marca comunitaria solicitada:
Marca tridimensional que representa una concha vista desde cuatro ángulos distintos para productos de la clase 30 — Solicitud nº 4.522.892
Resolución del examinador :
Denegación de la solicitud de registro para «preparaciones hechas de cereales, pastelería, confitería y helados»
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a G.M. Piccoli Srl.
Full & Egal Universal Law Academy