Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 28 de septiembre de 2010 — Market Watch/OAMI — Ares Trading (Seroslim)
(Asunto T‑201/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa Seroslim — Marca comunitaria denominativa anterior SEROSTIM — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 23, 24 y 49)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 6 de marzo de 2008 (asunto R 805/2007-2) relativo a un procedimiento de oposición entre Ares Trading SA y Market Watch Franchise & Consulting, Inc.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Market Watch Franchise & Consulting, Inc.
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa Seroslim para productos y servicios de las clases 3, 5 y 35 — Solicitud nº 4.113.321
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Ares Trading SA
Marca o signo invocados en oposición:
Marca denominativa SEROSTIM para productos de la clase 5 (marca comunitaria nº 2.405.694)
Resolución de la División de Oposición:
Estimación la oposición en relación con todos los productos comprendidos en la clase 5 y con respecto a los «jabones, lociones para el cabello y pastas dentífricas» comprendidos en la clase 3
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Market Watch Franchise & Consulting, Inc.
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