Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) de 8 de julio de 2009 — Procter & Gamble/OAMI — Laboratorios Alcalá Farma (oli)
(Asunto T‑240/08)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa oli — Marcas comunitarias denominativas anteriores OLAY — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009])»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 28, 45 y 54)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 2 de abril de 2008 (asunto R 1418/2007‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre The Procter & Gamble Company y Laboratorios Alcalá Farma, S.L.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Laboratorios Alcalá Farma, S.L.
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa «oli» para productos comprendidos en las clases 3 y 5 — Solicitud nº 4.059.176
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
The Procter & Gamble Company
Marca o signo invocados en oposición:
Marcas comunitarias «OLAY» para productos comprendidos en las clases 3 y 5
Resolución de la División de Oposición:
Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a The Procter & Gamble Company.
Full & Egal Universal Law Academy