Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 17 de diciembre de 2010 — Chocoladefabriken Lindt & Sprüngli/OAMI (Forma de una campanita con lazo rojo)
(Asunto T‑346/08)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria tridimensional — Forma de una campanita con lazo rojo — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca tridimensional [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 25, 36 y 40)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 13 de junio de 2008 (asunto R 943/2007-4) relativa a una solicitud de registro como marca comunitaria de un signo tridimensional constituido por la forma de una campanita con lazo rojo.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Chocoladefabriken Lindt & Sprüngli AG
Marca comunitaria solicitada:
Marca tridimensional que representa una campanita con lazo rojo para productos de la clase 30 — Solicitud nº 4.770.831
Resolución del examinador:
Denegación del registro
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Chocoladefabriken Lindt & Sprüngli AG.
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