15.8.2008
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 209/56
Recurso interpuesto el 9 de junio de 2008 — Habanos/OHMI — Tabacos de Centroamérica (KIOWA)
(Asunto T-207/08)
(2008/C 209/101)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Corporación Habanos, SA, (Ciudad de la Habana, Cuba) (representantes: Sr. V. Gil Vega, abogado y Sra. A. Ruiz López, abogada)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Tabacos de Centroamérica, SL (Pozuelo de Alarcón, España)
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se anule la decisión de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 31 de marzo de 2008, y se declare que efectivamente existe similitud, así como riesgo de confusión, entre la marca mixta KIOWA y las marcas mixtas anteriores COHIBA, que designan productos idénticos, así como un intento, por parte del Solicitante, de aprovechamiento indebido/perjuicio del carácter distintivo o del renombre de las citadas marcas anteriores COHIBA, denegando consecuentemente el registro de la marca comunitaria no 3.963.931 KIOWA (mixta); o, subsidiariamente, que se anule la mencionada decisión de la OAMI, ordenando que sea retrotraído el expediente y devuelto a la Sala de Recurso de la OAMI para que sean analizadas y examinadas las alegaciones y pruebas relativas al artículo 8, apartado 5, del Reglamento 40/94, y
—
que se condene a la OAMI al pago de las costas de todas las instancias, comprendidos los honorarios de los representantes de la demandante.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Tabacos de Centroamérica, S.L.
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa «KIOWA» para productos de la clase 34 (solicitud no 3.963.931).
Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Corporación Habanos, S.A., que opera en el comercio como Habanos, S.A.
Marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Marca figurativa «COHIBA» (marca comunitaria no 3.323.292), marca denominativa «COHIBA» (marca española no 1.271.173) y marca figurativa «COHIBA» (marca española no 2.052.344) para productos de la clase 4.
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición.
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.
Motivos invocados: En particular, un grado elevado de semejanza entre las marcas enfrentadas, resultando un riesgo de confusión.
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