21.2.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 44/53
Recurso de casación interpuesto el 3 de diciembre de 2008 por la Comisión de las Comunidades Europeas contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 25 de septiembre de 2008 en el asunto F-44/05, Strack/Comisión
(Asunto T-526/08 P)
(2009/C 44/93)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Recurrente: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: H. Krämer y B. Eggers)
Otra parte en el procedimiento: Guido Strack (Colonia, Alemania)
Pretensiones de la parte recurrente
—
Que se anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 25 de septiembre de 2008 en el asunto F-44/05, Strack/Comisión.
—
Que se condene al demandante a cargar con las costas del procedimiento ante el Tribunal de la Función Pública y del recurso de casación.
Motivos y principales alegaciones
El recurso de casación se dirige contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 25 de septiembre de 2008 en el asunto F-44/05, Strack/Comisión. Mediante dicha sentencia se anuló la decisión de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas por la que se había desestimado la candidatura del demandante al puesto de Jefe de la Unidad «Licitaciones y Contratos» y se condenó a la Comisión al pago de 2 000 euros en concepto de indemnización por el perjuicio moral.
La recurrente invoca dos motivos en apoyo de su recurso de casación.
1. Infracción del Derecho Comunitario debido al reconocimiento del interés para ejercitar la acción de impugnación
La Comisión critica, en primer lugar, que la pretensión de anulación de la decisión desestimatoria se declarase admisible, pese a la falta de interés del demandante para impugnar la decisión de nombramiento, puesto que al mismo tiempo se formuló una pretensión de indemnización por daños y perjuicios. Según la Comisión, ello no es conforme a Derecho y posiblemente conduce a inseguridades en lo que respecta a las medidas de ejecución con arreglo a lo dispuesto en el artículo 233 CE. La regla según la cual la inadmisibilidad de la acción de impugnación lleva implícita automáticamente la inadmisibilidad de la pretensión de indemnización directamente relacionada con ella no es aplicable, según dicha institución, cuando no existe peligro de que mediante esa acción de resarcimiento se eludan el preceptivo procedimiento previo u otros requisitos de admisibilidad, por lo que la pretensión de indemnización podría resultar admisible aun cuando la acción de impugnación fuese inadmisible por falta de interés para su ejercicio.
2. Falta de motivación al interpretar y aplicar el supuesto constitutivo del perjuicio moral
En segundo lugar, el Tribunal cometió un error en el apartado 219 de la sentencia impugnada, al declarar que el demandante efectivamente sufrió un perjuicio moral, porque se le privó del derecho a que el examen de su candidatura se efectuase con arreglo a Derecho. Esta conclusión implica necesariamente que la ilegalidad de una decisión por la que se desestima una candidatura constituye en sí un perjuicio moral. Tal interpretación ignora que la responsabilidad extracontractual de la Comunidad requiere la concurrencia de tres requisitos acumulativos, a saber: en primer lugar, la ilegalidad del comportamiento imputado a las instituciones; en segundo lugar, la realidad del daño que se invoca; y, en tercer lugar, la existencia de un nexo causal entre ambos.
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