Auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 25 de abril de 2008 — Vakakis/Comisión
(Asunto T‑41/08 R)
«Procedimiento comunitario de licitación — Demanda de medidas provisionales — Pérdida de una oportunidad — Legitimación — Admisibilidad del recurso principal — Urgencia — Diligencias de prueba»
1. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Urgencia — Carácter acumulativo — Ponderación de todos los intereses en conflicto (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 23 a 25)
2. Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Admisibilidad prima facie del recurso principal (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 1) (véase el apartado 34)
3. Procedimiento sobre medidas provisionales — Requisitos de admisibilidad — Demanda — Requisitos de forma (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, aps. 2 y 3) (véanse los apartados 42 a 44)
4. Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable (Arts. 242 CE y 243 CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 104, ap. 2) (véanse los apartados 52, 53, 65 y 66)
Objeto
Demanda de medidas provisionales presentada en el marco del procedimiento de licitación EuropeAid/125241/C/SER/CY relativo a la prestación de una «asistencia técnica de apoyo a la política de desarrollo rural» en la región septentrional de Chipre.
Fallo
1)
Desestimar la demanda de medidas provisionales.
2)
Desestimar la demanda de diligencias de prueba o de ordenación del procedimiento.
3)
No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención.
4)
Reservar la decisión sobre las costas, con excepción de las causadas por Agriconsulting Europe SA. Esta última cargará con las costas derivadas de su demanda de intervención.
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