30.1.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 24/15
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 26 de noviembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Italiana
(Asunto C-13/09) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2006/86/CE - Requisitos de trazabilidad - Notificación de las reacciones y los efectos adversos graves - Requisitos técnicos para la codificación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)
2010/C 24/24
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Cattabriga y S. Mortoni, agentes)
Demandada: República Italiana (representantes: G. Calmieri, agente, F. Arena, avvocato dello Stato)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, en el plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2006/86/CE de la Comisión, de 24 de octubre de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de trazabilidad, la notificación de las reacciones y los efectos adversos graves y determinados requisitos técnicos para la codificación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos (DO L 294, p. 32).
Fallo
1)
Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/86/CE de la Comisión, de 24 de octubre de 2006, por la que se aplica la Directiva 2004/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de trazabilidad, la notificación de las reacciones y los efectos adversos graves y determinados requisitos técnicos para la codificación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos, al no haber adoptado, en el plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva.
2)
Condenar en costas a la República Italiana.
(1) DO C 55, de 7.3.2009.
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