30.4.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 130/4
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 8 de marzo de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky — República Eslovaca) — Lesoochranárske zoskupenie VLK/Ministerstvo životného prostredia Slovenskej republiky
(Asunto C-240/09) (1)
(Medio ambiente - Convenio de Aarhus - Participación del público en la toma de decisiones y acceso a la justicia en materia de medio ambiente - Efecto directo)
2011/C 130/07
Lengua de procedimiento: eslovaco
Órgano jurisdiccional remitente
Najvyšší súd Slovenskej republiky
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Lesoochranárske zoskupenie VLK
Demandada: Ministerstvo životného prostredia Slovenskej republiky
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Najvyšší súd Slovenskej republiky — Interpretación del artículo 9, apartado 3, del Convenio (de Aarhus) sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente celebrado en nombre de la Comunidad Europea mediante Decisión del Consejo de 17 de febrero de 2005 (DO L 124, p. 1) — Efecto directo de dicha norma — Interpretación del concepto de «acción de autoridades públicas» — Inclusión o no de las decisiones de la autoridad pública cuya ilegalidad repercute en el medio ambiente.
Fallo
El artículo 9, apartado 3, del Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, celebrado en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2005/370/CE del Consejo, de 17 de febrero de 2005, carece de efecto directo conforme al Derecho de la Unión. No obstante, corresponde al órgano jurisdiccional remitente interpretar, en la medida de lo posible, el régimen procesal de los requisitos necesarios para interponer un recurso administrativo o judicial de manera conforme tanto a los objetivos del artículo 9, apartado 3, de dicho Convenio como al objetivo de garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos que confiere el ordenamiento jurídico de la Unión, a fin de permitir a una organización de defensa del medio ambiente, como Lesoochranárske zoskupenie, impugnar ante los tribunales una decisión adoptada mediante un procedimiento administrativo que pudiera ser contrario al Derecho medioambiental de la Unión.
(1) DO C 233, de 26.9.2009.
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