5.6.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 148/11
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 18 de marzo de 2010 — Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre Est Europe (CFCMCEE)/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
(Asunto C-282/09 P) (1)
(«Recurso de casación - Artículo 119 del Reglamento de Procedimiento - Marca comunitaria - Reglamento (CE) no 40/94 - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c) - Denegación de registro - Apreciación global con respecto a los productos y a los servicios a los que se refiere la solicitud de registro - Productos y servicios que constituyen grupos homogéneos - Recurso de casación en parte manifiestamente infundado y en parte manifiestamente inadmisible»)
2010/C 148/17
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre Est Europe (CFCMCEE) (representantes: P. Greffe y L. Paudrat, abogados)
Otra parte en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Folliard-Monguiral, agente)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) dictada el 20 de mayo de 2009, CFCMCEE/OAMI (asuntos acumulados T-405/07 y T-406/07), mediante la que se desestiman los recursos formulados por la recurrente contra las resoluciones de la Primera Sala de Recurso de la OAMI, de 10 de julio y 12 de septiembre de 2007, por las que se desestiman sus recursos contra las denegaciones de registro del examinador, como marcas, de los signos denominativos PAYWEB CARD y P@YWEB CARD para productos y servicios comprendidos en las clases 9, 36 y 38 del Arreglo de Niza, de 15 de junio de 1957, relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas — Infracción de los artículos 7, apartado 1, letra b), y 73 del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994 L 11, p. 1) — Necesidad de un examen por separado de cada una de las causas de los motivos de denegación establecidos en el artículo 7, apartado 1, de dicho Reglamento — Exigencia de motivación de la denegación respecto de cada uno de los productos y servicios a los que se refiere la solicitud de registro — Productos y servicios que constituyen grupos homogéneos.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas a Caisse fédérale du Crédit mutuel Centre Est Europe (CFCMCEE).
(1) DO C 233, de 26.9.2009.
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