8.10.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 298/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 28 de julio de 2011 [petición de decisión prejudicial planteada por la Court of Appeal (England & Wales) (Civil Division) — Reino Unido] — Generics (UK) Ltd/Synaptech Inc
(Asunto C-427/09) (1)
(Derecho de patentes - Medicamentos - Certificado complementario de protección para los medicamentos - Reglamento (CEE) no 1768/92 - Artículo 2 - Ámbito de aplicación)
2011/C 298/04
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
Court of Appeal (England & Wales) (Civil Division)
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Generics (UK) Ltd
Demandada: Synaptech Inc
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Court of Appeal (Civil Division) (England & Wales) — Interpretación del articulo 13, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 1768/92 del Consejo, de 18 de junio de 1992, relativo a la creación de un certificado complementario de protección para los medicamentos (DO L 182, p. 1) — Concepto de primera autorización de comercialización — Consideración solamente de las autorizaciones emitidas con arreglo a la Directiva 65/65/CEE del Consejo, de 26 de enero de 1965, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, sobre especialidades farmacéuticas (DO L 22, p. 369; EE 13/01, p. 18) — Autorización emitida con arreglo a la legislación aplicable en Austria antes de la adhesión de este Estado al EEE.
Fallo
Un producto, como el controvertido en el litigio principal, que, como medicamento para uso humano, ha sido comercializado en la Comunidad Europea antes de haber obtenido una autorización de comercialización con arreglo a la Directiva 65/65/CEE del Consejo, de 26 de enero de 1965, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, sobre especialidades farmacéuticas, en su versión modificada por la Directiva 89/341/CEE del Consejo, de 3 de mayo de 1989 y, en particular, sin haberse sometido a pruebas de inocuidad y eficacia, no está comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) no 1768/92 del Consejo, de 18 de junio de 1992, relativo a la creación de un certificado complementario de protección para los medicamentos, en su versión modificada por el Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia y a las adaptaciones de los Tratados en los que se basa la Unión Europea, establecido en el artículo 2 de este Reglamento, en su versión modificada, y no puede ser objeto de un certificado complementario de protección.
(1) DO C 11, de 16.1.2010.
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