1.8.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 180/34
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 8 de junio de 2009 — Volvo Car Germany GmbH/Autohof Weidensdorf GmbH
(Asunto C-203/09)
2009/C 180/59
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Volvo Car Germany GmbH
Demandada: Autohof Weidensdorf GmbH
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse el artículo 18, letra a), de la Directiva 86/653/CEE del Consejo, de 18 de diciembre de 1986, relativa a la coordinación de los derechos de los Estados miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes, (1) en el sentido de que se opone a una normativa nacional con arreglo a la cual el agente comercial no tiene derecho a indemnización en caso de rescisión ordinaria del contrato por el empresario cuando, a pesar de que en el momento de la rescisión ordinaria existía una causa grave para la rescisión del contrato sin preaviso debido a un comportamiento culposo del agente comercial, ésta no fue la causa de la rescisión?
2)
En caso de que tal normativa nacional sea compatible con la Directiva:
¿Se opone el artículo 18, letra a), de la Directiva a la aplicación por analogía de la normativa nacional sobre exclusión del derecho a indemnización al caso en que la causa grave para la rescisión del contrato sin preaviso, debido a un comportamiento culposo del agente comercial, se haya producido con posterioridad a la formulación de la rescisión ordinaria y haya llegado a conocimiento del empresario sólo después de la terminación del contrato, de manera que éste ya no pudo formular una rescisión del contrato sin preaviso basada en el comportamiento culposo del agente comercial?
(1) DO L 382, p. 17.
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