26.9.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 233/5
Recurso interpuesto el 7 de julio de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/República de Chipre
(Asunto C 251/09)
2009/C 233/09
Lengua de procedimiento: griego
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Zadra e I. Chatzigiánnis)
Demandada: República de Chipre
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se declare que la República de Chipre ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 4, apartado 2, y 31, apartado 1, de la Directiva 93/38/CEE, (1) así como del artículo 1, apartado 1, de la Directiva 92/13/CEE. (2)
—
Que se condene en costas a la República de Chipre.
Motivos y principales alegaciones
Se considera que la Autoridad de la Electricidad de Chipre ha infringido las Directivas 93/38/CEE y 92/13/CEE mediante la licitación no 40/2005, relativa a un contrato para el estudio, el aprovisionamiento y la construcción de la cuarta unidad de la central termoeléctrica de Vasilikoú.
La Comisión estima que la infracción de los artículos 4, apartado 2, y 31, apartado 1, de la Directiva 93/38 reside en los motivos por los que fue rechazada la oferta del denunciante y aceptada la oferta del otro licitador con arreglo a un criterio que no figuraba claramente en el anuncio de licitación.
Por lo que respecta a la infracción de la Directiva procesal 92/13, la Comisión considera, en primer lugar que, en la medida en que con su comportamiento ha creado una situación de incertidumbre en relación con la interpretación que debía darse a los motivos que condujeron al rechazo de la oferta del denunciante, la propia entidad adjudicadora violó la Directiva 92/13, interpretada a la luz del objetivo de efectividad que ésta persigue y, en segundo lugar, que la autoridad adjudicadora no puede motivar su decisión con un mero reenvío a la exposición de la valoración.
(1) Directiva 93/38/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO L 199, p. 84).
(2) Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO L 76, p. 14).
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