12.9.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 220/29
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de grande instance de Paris (Francia) el 16 de julio de 2009 — Olivier Martinez, Robert Martinez/Société MGN Ltd.
(Asunto C-278/09)
2009/C 220/56
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal de grande instance de Paris
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Olivier Martinez, Robert Martinez
Demandada: Société MGN Limited
Cuestión prejudicial
¿Los artículos 2 y 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, (1) deben interpretarse en el sentido de que otorgan a un órgano jurisdiccional de un Estado miembro competencia para conocer de una acción entablada invocando una lesión de los derechos de la personalidad que puede haber sido cometida al poner en línea informaciones o fotografías en un sitio Internet editado en otro Estado miembro por una sociedad domiciliada en ese segundo Estado –o incluso en otro Estado miembro, en cualquier caso distinto del primero–:
—
sin otro requisito que el de que dicho sitio Internet pueda consultarse desde el primer Estado, o bien
—
únicamente cuando exista una vinculación suficiente, substancial o significativa entre el hecho dañoso y el territorio del primer Estado? En este segundo caso, ¿puede deducirse dicha vinculación:
—
de la importancia de las conexiones a la página controvertida desde el primer Estado miembro, medida en valor absoluto o en proporción al total de conexiones a dicha página,
—
de la residencia, o incluso de la nacionalidad, de la persona que denuncia la lesión de sus derechos de la personalidad o, en términos más generales, de las personas afectadas,
—
de la lengua en que se difunde la información controvertida o de cualquier otra circunstancia que pueda demostrar la voluntad del editor del sitio Internet de dirigirse específicamente al público del primer Estado,
—
del lugar en el que se desarrollaron los hechos mencionados o en el que se tomaron las fotos eventualmente puestas en línea,
—
de otros criterios?
(1) DO 2001, L 12, p. 1.
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