16.1.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 11/11
Petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof te Amsterdam (Países Bajos) el 29 de julio de 2009 — Proceso penal seguido contra X
(Asunto C-297/09)
2010/C 11/20
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Gerechtshof te Amsterdam
Proceso penal seguido contra
X
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Está comprendida en el ámbito de aplicación del Tratado CE, en particular, en las disposiciones de los artículos 12, 18, 43 y siguientes y 49 y siguientes, la situación de una persona que posee la ciudadanía de la Unión Europea y contra la que existen graves cargos de que la finalidad principal de la residencia en otro Estado miembro de la Comunidad Europea distinto de aquél cuya nacionalidad posee es la realización de actividades criminales?
2)
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión en relación con el artículo 18 del Tratado CE:
a)
Una disposición como la contenida en el artículo 67, apartado 2, del Código neerlandés de enjuiciamiento criminal, por cuanto permite aplicar la prisión provisional a personas que están comprendidas en el ámbito de aplicación del artículo 18 del Tratado CE, pero que tienen domicilio o residencia fijo en otro Estado miembro distinto de los Países Bajos, ¿debe ser considerada como un obstáculo al derecho a circular y residir libremente en el sentido de esta disposición?
b)
Si tal es el caso, esta disposición, por cuanto permite aplicar la prisión provisional a ciudadanos de la Unión Europea que tienen domicilio o residencia fijo en otro Estado miembro distinto de los Países Bajos, una vez constatado el interés de unas pesquisas eficaces, persecución y enjuiciamiento, ¿constituye una justificación permitida basada en consideraciones objetivas de interés general, independientes de la persona afectada y proporcionadas al objetivo perseguido legítimamente por el Derecho nacional?
3)
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión en relación con los artículos 49 y siguientes del Tratado CE:
Una disposición como la contenida en el artículo 67, apartado 2, del Código neerlandés de enjuiciamiento criminal, por cuanto permite aplicar la prisión provisional a ciudadanos de un Estado miembro que tienen domicilio o residencia fijo en otro Estado miembro distinto de los Países Bajos, ¿debe ser considerada como un obstáculo a la libre circulación de servicios, contemplada en los artículos 49 y siguientes del Tratado CE, dado que se trata de una discriminación basada en el hecho de que el prestador de los servicios no tiene domicilio o residencia fijo en el país en el que se prestan los servicios, pero sí en otro Estado miembro de la Comunidad Europea?
4)
En caso de respuesta negativa a las cuestiones 2 y 3:
Una disposición como la contenida en el artículo 67, apartado 2, del Código neerlandés de enjuiciamiento criminal, por cuanto permite aplicar la prisión provisional a ciudadanos de un Estado miembro que tienen domicilio o residencia fijo en otro Estado miembro distinto de los Países Bajos, ¿debe ser considerada como una discriminación por razón de la nacionalidad, prohibida por el artículo 12 (prohibición general de discriminación dentro del ámbito de aplicación del Tratado CE), los artículos 43 y siguientes (prohibición de discriminación basada en la nacionalidad en materia de libertad de establecimiento) y los artículos 49 y siguientes (prohibición de discriminación basada en la nacionalidad en materia de libertad de prestación de servicios) del Tratado CE?
5)
Por cuanto deba responderse afirmativamente a una de las cuestiones 3 y 4:
Una disposición como la contenida en el artículo 67, apartado 2, del Código neerlandés de enjuiciamiento criminal, por cuanto permite aplicar la prisión provisional a ciudadanos de un Estado miembro que tienen domicilio o residencia fijo en otro Estado miembro distinto de los Países Bajos, una vez comprobado el interés de unas pesquisas eficaces, persecución y enjuiciamiento, ¿puede ser adoptada válidamente por razones de orden público y de seguridad y salud públicas, como se establece en los artículos 45 a 48 inclusive y 55 del Tratado CE?
Full & Egal Universal Law Academy