24.10.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 256/16
Recurso interpuesto el 3 de septiembre de 2009 — Comisión de las Comunidades Europeas/Irlanda
(Asunto C-355/09)
2009/C 256/30
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: P. Oliver y A.-A. Gilly, agentes)
Demandada: Irlanda
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se declare que Irlanda ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Reglamento (CE) no 273/2004 (1) sobre precursores de drogas y del Reglamento no 111/2005 (2) por el que establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países, al no haber adoptado las medidas nacionales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 10 y 12 del Reglamento (CE) no 273/2004, al no haber comunicado dichas medidas con arreglo al artículo 16 de dicho Reglamento y al no haber adoptado las medidas nacionales necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 26, apartado 3, y 31 del Reglamento (CE) no 111/2005.
—
Que se condene en costas a Irlanda.
Motivos y principales alegaciones
Los Estados miembros deben adoptar medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de los Reglamentos, dentro de los plazos establecidos en dichos Reglamentos, y notificar tales medidas inmediatamente a la Comisión. El Gobierno irlandés no ha adoptado ni comunicado las medidas necesarias para dar cumplimiento a los artículos 10, 12 y 16 del Reglamento (CE) no 273/2004 sobre precursores de drogas. El Gobierno irlandés tampoco ha adoptado las medidas necesarias en virtud de los artículos 26, apartado 3, y 31 del Reglamento (CE) no 111/2005 por el que establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países.
(1) Reglamento (CE) no 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, sobre precursores de drogas (DO L 47, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 111/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por el que establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Comunidad y terceros países (DO L 22, p. 1).
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