Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 22 de enero de 2010 — Grecia/Comisión
(Asunto C‑43/09 P)
«Recurso de casación — Decisión de la Comisión por la que se reduce la ayuda económica inicialmente concedida por el Fondo de Cohesión al proyecto del nuevo aeropuerto internacional de Atenas en Spata — Recurso de anulación — Principios de irretroactividad, de seguridad jurídica y de proporcionalidad — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»
1. Derecho comunitario — Interpretación — Actos de las instituciones [Reglamento (CE) nº 1164/94 del Consejo; Reglamento (CE) nº 1386/2002 de la Comisión, art. 1] (véanse los apartados 33 y 35)
2. Actos de las instituciones — Ámbito de aplicación temporal — Aplicación inmediata de la nueva norma a los efectos futuros de una situación surgida durante la vigencia de la antigua norma (véanse los apartados 47 a 54)
3. Recurso de casación — Motivos — Mera repetición de los motivos y alegaciones formulados ante el Tribunal General — No determinación del error de Derecho invocado — Inadmisibilidad [Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, párr. 1, letra c)] (véanse los apartados 61 a 63)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 19 de noviembre de 2008, Grecia/Comisión (T‑404/05), mediante la cual dicho Tribunal desestimó un recurso por el que se solicitaba la anulación de la Decisión E(2005)3243 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2005, por la que se reduce la ayuda económica inicialmente concedida por el Fondo de Cohesión al proyecto nº 95/09/65/040, relativo al nuevo aeropuerto internacional de Atenas en Spata.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas a la República Helénica.
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