Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 1 de julio de 2010 — DSV Road/Comisión
(Asunto C‑358/09 P)
«Recurso de casación — Código aduanero — Importación de disquetes procedentes de Tailandia — Recaudación a posteriori de derechos de importación — Solicitud de condonación de derechos de importación»
1. Recurso de casación — Motivos — No determinación del error de Derecho invocado — Inadmisibilidad [Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 45 y 46)
2. Recursos propios de las Comunidades Europeas — Recaudación a posteriori de derechos de importación o de exportación — Requisitos para que no haya contracción de los derechos de importación enunciados en el artículo 220, apartado 2, letra b), del Reglamento (CEE) nº 2913/92 — Carga de la prueba [Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo, art. 220, ap. 2, letra b)] (véanse los apartados 47 a 52, 58 y 59)
3. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de pruebas debidamente presentadas — Inadmisibilidad salvo en caso de desnaturalización — Obligación del Tribunal General de motivar su apreciación de las pruebas — Alcance (Art. 225 CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véanse los apartados 68 y 69)
4. Recursos propios de las Comunidades Europeas — Devolución o condonación de derechos de importación — Cláusula de equidad establecida por el artículo 239 del Código aduanero comunitario — Situación especial — Concepto — Expedición de certificados incorrectos por parte de las autoridades aduaneras basándose en declaraciones inexactas del exportador, cuya validez no están obligadas a verificar — Exclusión [Reglamento (CEE) nº 2913/92 del Consejo, art. 239; Reglamento (CEE) nº 2454/93 de la Comisión, art. 904, letra c)] (véanse los apartados 79 a 83)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 8 de julio de 2009, DSV Road/Comisión (T‑219/07), por la que dicho Tribunal desestimó un recurso de anulación de la Decisión de la Comisión, de 24 de abril de 2007, por la que se indicaba a las autoridades belgas que procedía recaudar a posteriori los derechos de importación sobre los disquetes procedentes de Tailandia y que no estaba justificado condonar tales derechos (expediente REC 05/02).
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas a DSV Road NV.
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