26.5.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 151/27
Auto del Tribunal General de 19 de marzo de 2012 — Associazione «Giùlemanidallajuve»/Comisión
(Asunto T-273/09) (1)
(Competencia - Prácticas colusorias - Abuso de posición dominante - Desestimación de una denuncia - Interés legítimo - Interés comunitario - Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado)
2012/C 151/43
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Associazione «Giùlemanidallajuve» (Cerignola, Italia) (representantes: L. Misson, G. Ernes y A. Pel, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouquet y V. Di Bucci, agentes, asistidos por J. Derenne, abogado)
Parte coadyuvante en apoyo de la demadada: Fédération internationale de football association (FIFA) (Zúrich, Suiza) (representantes: A. Barav y D. Reymond, abogados)
Objeto
Anulación de la Decisión C(2009) 3916 de la Comisión, de 12 de mayo de 2009, adoptada en virtud del artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) no 773/2004 de la Comisión y por la que la Comisión desestimó, por falta de interés legítimo y de interés comunitario, la denuncia presentada por la demandante con respecto a las supuestas infracciones de los artículos 81 CE y 82 CE cometidas por la Federazione Italiana Giuoco Calcio, el Comitato Olimpico Nazionale Italiano, la Union of European Football Associations y la Fédération internationale de football association en el marco de las sanciones impuestas al Juventus Football Club de Turín (asunto COMP/39.464 — Hinchas Juventus Turín/FIGC CONI UEFA FIFA).
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar a la Associazione «Giùlemanidallajuve» al pago de sus costas y de las costas de la Comisión Europea.
3)
La Fédération internationale de football association cargará con sus propias costas.
(1) DO C 244, de 10.10.2009.
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