Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 9 de marzo de 2010 — hofherr communikation/OAMI (NATURE WATCH)
(Asunto T‑77/09)
«Marca comunitaria — Registro internacional que designa a la Comunidad Europea — Marca denominativa NATURE WATCH — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 23 y 39)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 4 de diciembre de 2008 (asunto R 1410/2008-1) relativa al registro internacional que designa a la Comunidad Europea del signo denominativo NATURE WATCH.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
hofherr communikation GmbH
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa «NATURE WATCH» para productos y servicios de las clases 9, 39, 41 y 43 — Registro internacional nº WOO 957.541
Resolución del examinador:
Denegación del registro
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a hofherr communikation GmbH.
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