Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 4 de mayo de 2011 — Bongrain/OAMI — apetito (APETITO)
(Asunto T‑129/09)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa APETITO — Marca comunitaria denominativa anterior apetito — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 30)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 2 de febrero de 2009 (asunto R 720/2008-4) relativa a un procedimiento de oposición entre apetito AG y Bongrain SA
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Bongrain SA
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa APETITO, para productos de la clase 29 — Solicitud de registro nº 3.470.598
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
apetito AG
Marca o signo invocados en oposición:
Marca comunitaria denominativa apetito, registrada para productos de las clases 5, 11, 21, 29, 30, 37, 39, 41 y 42
Resolución de la División de Oposición:
Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Bongrain SA.
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