Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 19 de abril de 2012 — Würth y Fasteners (Shenyang)/Consejo
(Asunto T‑162/09)
«Recurso de anulación — Dumping — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad»
1. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Reglamento por el que se establece un derecho antidumping — Recurso de productores, exportadores o importadores de los productos, o del fabricante de equipos originales — Admisibilidad — Requisitos (Art. 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 21 a 28, 49, 54 y 62)
2. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Reglamento por el que se establece un derecho antidumping — Empresa que sólo puede invocar su participación en el procedimiento administrativo — Inadmisibilidad (Art. 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 33 a 36 y 58)
3. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Interpretación contra legem del requisito relativo a la necesidad de resultar individualmente afectado — Improcedencia (Art. 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 47 y 65)
Objeto
Recurso de anulación del Reglamento (CE) nº 91/2009 del Consejo, de 26 de enero de 2009, por el que se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados elementos de fijación de hierro o acero originarios de la República Popular China (DO L 29, p. 1).
Fallo
1)
Declarar el recurso inadmisible.
2)
Adolf Würth GmbH & Co. KG y Arnold Fasteners (Shenyang) Co. Ltd cargarán, además de con sus propias costas, con las costas en que hayan incurrido el Consejo de la Unión Europea y el European Industrial Fasteners Institute AISBL.
3)
La Comisión Europea cargará con sus propias costas.
Full & Egal Universal Law Academy