12.9.2009
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 220/37
Recurso interpuesto el 14 de julio de 2009 — Sobieski zu Schwarzenberg/OAMI — British-American Tobacco Polska (Romuald Prinz Sobieski zu Schwarzenberg)
(Asunto T-271/09)
2009/C 220/78
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Romuald Prinz Sobieski zu Schwarzenberg (Dortmund, Alemania) (representantes: U. Fitzner y U. Fitzner, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: British-American Tobacco Polska S.A. (Augustów, Polonia)
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos — OAMI) de 13 de mayo de 2009 (asunto R 771/2008-4).
—
Que se anule la resolución de la División de Oposición de 14 de marzo de 2008.
—
Que se condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: el demandante
Marca comunitaria solicitada: la marca denominativa «Romuald Prinz Sobieski zu Schwarzenberg» para productos comprendidos en las clases 33 y 34 (solicitud no4 583 761)
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: British-American Tobacco Polska S.A.
Marca o signo invocados en oposición: la marca denominativa polaca «JAN III SOBIESKI» para productos comprendidos en la clase 34 (no110 327) y la marca denominativa y figurativa polaca «JAN III SOBIESKI» para productos comprendidos en las clases 3, 30, 32 y 33 (no160 417), dirigiéndose la oposición al registro en las clases 33 y 34
Resolución de la División de Oposición: estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso
Motivos invocados: infracción del artículo 60 del Reglamento (CE) no 207/2009 (1) en relación con el artículo 8 del Reglamento (CE) no 2869/95 (2) y del artículo 60 en relación con el artículo 81 del Reglamento no 207/2009.
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 2869/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Diseños y Modelos) (DO L 303, p. 33).
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