11.9.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 246/15
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 15 de julio de 2010 — Comisión Europea/Gran Ducado de Luxemburgo
(Asunto C-8/10) (1)
(Incumplimiento de Estado - Directiva 2006/46/CE - Cuentas anuales y cuentas consolidadas de las sociedades - No adaptación completa del Derecho interno dentro del plazo establecido)
2010/C 246/25
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: G. Braun y L. de Schietere de Lophem, agentes)
Demandada: Gran Ducado de Luxemburgo (representante: C. Schiltz, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción ni comunicación, dentro del plazo señalado, de todas las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2006/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, por la que se modifican las Directivas del Consejo 78/660/CEE relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, 83/349/CEE relativa a las cuentas consolidadas, 86/635/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de los bancos y otras entidades financieras, y 91/674/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de las empresas de seguros (DO L 224, p. 1).
Fallo
1)
Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, por la que se modifican las Directivas del Consejo 78/660/CEE relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, 83/349/CEE relativa a las cuentas consolidadas, 86/635/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de los bancos y otras entidades financieras, y 91/674/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de las empresas de seguro, al no haber adoptado, dentro del plazo establecido, las disposiciones legales, reglamenarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva.
2)
Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.
(1) DO C 80, de 27.3.2010.
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