30.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 226/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 9 de junio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias — Grecia) — Eleftheri tileorasi AE «ALTER CHANNEL», Konstantinos Giannikos/Ypourgos Typou kai Meson Mazikis Enimerosis, Ethniko Symvoulio Radiotileorasis
(Asunto C-52/10) (1)
(Directiva 89/552/CEE - Actividades de radiodifusión televisiva - Artículo 1, letra d) - Concepto de «publicidad encubierta» - Carácter intencional - Presentación de un tratamiento dental estético durante una emisión televisiva)
2011/C 226/08
Lengua de procedimiento: griego
Órgano jurisdiccional remitente
Symvoulio tis Epikrateias
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Eleftheri tileorasi AE ‘ALTER CHANNEL’, Konstantinos Giannikos
Demandadas: Ypourgos Typou kai Meson Mazikis Enimerosis, Ethniko Symvoulio Radiotileorasis
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Symvoulio tis Epikrateias — Interpretación del artículo 1, letra d), de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva (DO L 298, p. 23), en su versión modificada por el artículo 1, letra c), de la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997 (DO L 202, p. 60) — Emisión televisiva que consiste en la presentación de un tratamiento dental estético — Concepto de «publicidad encubierta»
Fallo
El artículo 1, letra d), de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en su versión modificada por la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997, debe interpretarse en el sentido de que la existencia de una remuneración o de un pago similar no constituye un elemento necesario para poder determinar el carácter intencional de una publicidad encubierta.
(1) DO C 100, de 17.4.2010.
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