10.9.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 269/15
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 14 de julio de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Düsseldorf — Alemania) — Paderborner Brauerei Haus Cramer KG/Hauptzollamt Bielefeld
(Asunto C-196/10) (1)
(Arancel Aduanero Común - Nomenclatura Combinada - Clasificación arancelaria - Partidas 2203 y 2208 - Base de cerveza de malta destinada a la elaboración de una bebida mixta)
2011/C 269/23
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Düsseldorf
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Paderborner Brauerei Haus Cramer KG
Demandada: Hauptzollamt Bielefeld
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Finanzgericht Düsseldorf (Alemania) — Interpretación de la Nomenclatura Combinada, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 2031/2001 de la Comisión, de 6 de agosto de 2001 (DO L 279, p. 1) y por el Reglamento (CE) no 1832/2002 de la Comisión, de 1 de agosto de 2002 (DO L 290, p. 1) — Base de cerveza de malta («malt beer base») con un grado alcohólico del 14 % vol, obtenida a partir de cerveza elaborada mediante un proceso especial de aclarado y ultrafiltrado y destinada a la elaboración de un combinado de cerveza — ¿Clasificación en la partida 2203 o en la partida 2208 de la Nomenclatura Combinada?
Fallo
El Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por el Reglamento (CEE) no 2587/91 de la Comisión, de 26 de julio de 1991, debe interpretarse en el sentido de que un líquido como el controvertido en el litigio principal, denominado «malt beer base», con un grado alcohólico volumétrico del 14 % vol y obtenido a partir de cerveza sometida a un proceso de aclarado y posterior ultrafiltrado mediante el que se reduce la concentración de ingredientes tales como las sustancias amargas y las proteínas, debe clasificarse en la partida 2208 de la Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I de dicho Reglamento, en su versión modificada.
(1) DO C 161, de 19.6.2010.
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