28.1.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 25/10
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 24 de noviembre de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por la Înalta Curte de Casație și Justiție — Rumanía) — Circul Globus București (Circ & Variete Globus București)/Uniunea Compozitorilor și Muzicologilor din România — Asociația pentru Drepturi de Autor — U.C.M.R. — A.D.A.
(Asunto C-283/10) (1)
(Aproximación de las legislaciones - Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor - Directiva 2001/29/CE - Artículo 3 - Concepto de «comunicación de una obra a un público presente en el lugar en el que se origina la comunicación» - Difusión de obras musicales en presencia de público, sin abonar a la entidad de gestión colectiva de los derechos de autor la retribución correspondiente a esos derechos - Celebración de contratos de cesión de derechos patrimoniales con los autores de las obras - Ámbito de aplicación de la Directiva 2001/29)
2012/C 25/15
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
Înalta Curte de Casație și Justiție
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Circul Globus București (Circ & Variete Globus București)
Demandada: Uniunea Compozitorilor și Muzicologilor din România — Asociația pentru Drepturi de Autor — U.C.M.R. — A.D.A.
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Înalta Curte de Casație și Justiție — Interpretación del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167, p. 10) — Difusión de obras musicales en presencia de público, sin abonar a la entidad de gestión colectiva de los derechos de autor la retribución correspondiente a esos derechos — Celebración de contratos de cesión de derechos patrimoniales con los autores de las obras — Concepto de «comunicación de una obra a un público presente en el lugar en el que se origina la comunicación» — Ámbito de aplicación de la citada Directiva.
Fallo
La Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, y, concretamente, su artículo 3, apartado 1, deben interpretarse en el sentido de que se refieren únicamente a la comunicación a un público que no esté presente en el lugar en el que se origine la comunicación, quedando excluida cualquier otra comunicación de una obra realizada directamente, en un lugar abierto al público, por cualquier forma de ejecución pública o de presentación directa de la obra.
(1) DO C 234, de 28.8.2010.
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