26.5.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 151/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de marzo de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État — Francia) — Véleclair SA/Ministre du budget, des comptes publics et de la réforme de l’État
(Asunto C-414/10) (1)
(IVA - Sexta Directiva - Artículo 17, apartado 2, letra b) - Tributación de un producto importado de un tercer país - Normativa nacional - Derecho a deducción del IVA a la importación - Requisito - Pago efectivo del IVA por el deudor)
2012/C 151/08
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Conseil d’État
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Véleclair SA
Demandada: Ministre du budget, des comptes publics et de la réforme de l’État
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Conseil d’État — Interpretación del artículo 17, apartado 2, letra b), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54) — Normativa interna que supedita el derecho a deducirse el impuesto sobre el valor añadido a la importación al pago efectivo de dicho impuesto por el deudor.
Fallo
El artículo 17, apartado 2, letra b), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, debe interpretarse en el sentido de que no permite a un Estado miembro supeditar el derecho a deducción del impuesto sobre el valor añadido a la importación al pago efectivo previo de dicho impuesto por el deudor cuando éste es también el titular del derecho a deducción.
(1) DO C 301, de 6.11.2010.
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