9.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 204/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 18 de mayo de 2011 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Dusseldorf — Alemania) — Delphi Deutschland GmbH/Hauptzollamt Düsseldorf
(Asunto C-423/10) (1)
(Arancel Aduanero Común - Nomenclatura Combinada - Clasificación arancelaria - Conectores eléctricos - Subpartida 8536 69 - Clavijas y tomas de corriente)
2011/C 204/21
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Düsseldorf
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Delphi Deutschland GmbH
Demandada: Hauptzollamt Düsseldorf
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Finanzgericht Düsseldorf — Interpretación del anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256, p. 1), en su versión modificada por los Reglamentos (CE) de la Comisión no 1810/2004, de 7 de septiembre de 2004 (DO L 327, p. 1); no 1719/2005, de 27 de octubre de 2005 (DO L 286, p. 1) y no 1549/2006, de 17 de octubre de 2006 (DO L 301, p. 1) — Conectores eléctricos, destinados a ser unidos al extremo de un hilo conductor y fijados a una carcasa de plástico para conectar dos cables — Clasificación en la subpartida 8539 69 de la Nomenclatura Combinada.
Fallo
La subpartida 8536 69 de la Nomenclatura Combinada, que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada para los años 2005, 2006 y 2007, respectivamente, por los Reglamentos (CE) no 1810/2004 de la Comisión, de 7 de septiembre de 2004, (CE) no 1719/2005 de la Comisión, de 27 de octubre de 2005, y (CE) no 1549/2006 de la Comisión, de 17 de octubre de 2006, debe interpretarse en el sentido de que conectores eléctricos como los controvertidos en el litigio principal no están excluidos de dicha subpartida por el hecho de no garantizar el aislamiento de la línea en el punto de conexión o de ser sólo una parte de los conectores macho y hembra fabricados posteriormente, ya que permiten conexiones eléctricas múltiples, entre aparatos, cables, conectores de tarjetas, etc., simplemente insertando la clavija (contacto macho) en la toma de corriente (contacto hembra), sin requerir operaciones de montaje.
(1) DO C 317, de 20.11.2010.
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