31.8.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 252/5
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de julio de 2013 — Comisión Europea/República Checa
(Asunto C-545/10) (1)
(Incumplimiento de Estado - Transporte - Directiva 91/440/CEE - Desarrollo de los ferrocarriles comunitarios - Artículo 10, apartado 7 - Organismo reglamentario - Competencias - Directiva 2001/14/CE - Adjudicación de las capacidades de la infraestructura ferroviaria - Artículo 4, apartado 1 - Marco de tarificación - Artículo 6, apartado 2 - Medidas destinadas a incentivar al administrador de infraestructuras a reducir los costes de la puesta a disposición de la infraestructura y la cuantía de los cánones de acceso - Artículo 7, apartado 3 - Fijación de los cánones por utilización de acceso mínimo y acceso por la vía a instalaciones de servicio - Coste directamente imputable a la explotación del servicio ferroviario - Artículo 11 - Sistema de incentivos - Artículo 30, apartado 5 - Organismo regulador - Competencias - Recurso administrativo contra las decisiones del organismo regulador)
2013/C 252/06
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Šimerdová y H. Støvlbæk, agentes)
Demandada: República Checa (representantes: M. Smolek y T. Müller, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Reino de España (representante: S. Centeno Huerta, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de todas las medidas necesarias para dar cumplimiento al artículo 10, apartado 7, de la Directiva 91/440/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el desarrollo de los ferrocarriles comunitarios (DO L 237, p. 25), así como a los artículos 4, apartado 1, 6, apartado 2, 7, apartado 3, 11 y 30, apartado 5, de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria y la aplicación de cánones por su utilización (DO L 75, p. 29).
Fallo
1)
Declarar que la República Checa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 4, apartado 1, 6, apartado 2, 11 y 30, apartado 5, de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria, en su versión modificada por la Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, al no haber adoptado las medidas legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dichas disposiciones.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea, la República Checa y el Reino de España cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 38, de 5.2.2011.
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