6.8.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 232/10
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de mayo de 2011 [petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven kasatsionen sad (Bulgaria)] — Tony Georgiev Semerdzhiev/ET Del-Pi-Krasimira Mancheva
(Asunto C-32/10) (1)
(Artículos 92, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento - Directiva 90/314/CEE - Viajes combinados, vacaciones combinadas y circuitos combinados - Hechos anteriores a la adhesión de la República de Bulgaria a la Unión Europea - Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia para responder a las cuestiones prejudiciales)
2011/C 232/16
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Varhoven kasatsionen sad (Bulgaria)
Partes
Demandante: Tony Georgiev Semerdzhiev
Demandada: ET Del-Pi-Krasimira Mancheva
Coadyuvante: ZAD Bulstrad VIG
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Varhoven kasatsionen sad — Interpretación de los artículos 2, apartado 1, letra c), 4, apartado 1, letra b), inciso iv), y 5, apartado 2, párrafos tercero y cuarto, de la Directiva 90/314/CEE del Consejo, de 13 de junio de 1990, relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados (DO L 158, p. 59) — Concepto de «otros servicios turísticos» no accesorios al transporte o al alojamiento a cargo del organizador — Obligación para el organizador de suscribir un contrato de seguro individual para cada consumidor y de entregarle el original antes del inicio del viaje — Obligación del organizador de suscribir un contrato individual de seguro que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente — Concepto de «daños» al consumidor debidos a la no ejecución o mala ejecución del contrato — Inclusión de los daños morales.
Fallo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el Varhoven kasatsionen sad (Bulgaria).
(1) DO C 100, de17.4.2010.
Full & Egal Universal Law Academy