27.3.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 80/16
Recurso de casación interpuesto el 21 de diciembre de 2009 por Mehmet Salih Bayramoglu contra el auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) dictado el 24 de septiembre de 2009 en el asunto T-110/09, Mehmet Salih Bayramoglu/Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-28/10 P)
2010/C 80/29
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Mehmet Salih Bayramoglu (representante: A. Riza, QC)
Otras partes en el procedimiento: Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
El recurrente solicita al Tribunal de Justicia:
—
Que se anule la Decisión 2004/511/CE del Consejo (1) por estar basada en la omisión contraria a Derecho de permitir a la población turcochipriota participar en las elecciones europeas, vulnerando el artículo 189 TCE, en relación con los artículos 5 TUE y 6 TUE.
—
Que se declare que los seis miembros del Parlamento Europeo designados por la República de Chipre tras las elecciones del 6 de junio de 2009, de conformidad con la normativa electoral vigente, no representan a los turcochipriotas, como exige la ley.
Motivos y principales alegaciones
El recurrente sostiene que el Tribunal de Primera Instancia incurrió en error al declarar extemporánea su demanda. Sustenta esta alegación en que la jurisprudencia citada por el Tribunal de Primera Instancia no implicaba que a toda la población se le privara del derecho fundamental a participar en las elecciones ni afectaba a una decisión cuya base jurídica era la inactividad electoral normativa y no el pretendido aplazamiento del derecho a convocar dichas elecciones.
El recurrente alega también que es exacto que él no invocó la existencia de un error excusable o de fuerza mayor al interponer la demanda.
(1) Decisión 2004/511/CE del Consejo, de 10 de junio de 2004, relativa a la representación del pueblo de Chipre en el Parlamento Europeo en caso de que se resuelva el problema de Chipre (DO L 211, p. 22)
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