27.3.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 80/21
Recurso de casación interpuesto el 28 de enero de 2010 (correo electrónico de 27.1.2010) por la República de Austria contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Sexta) dictada el 18 de noviembre de 2009 en el asunto T-375/04, Scheucher-Fleisch GmbH y otros/Comisión de las Comunidades Europeas
(Asunto C-47/10 P)
2010/C 80/36
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Recurrente: República de Austria (representantes: E. Riedl, agente, y M. Núñez-Müller y J. Dammann, Rechtsanwälte)
Otras partes en el procedimiento: Scheucher-Fleisch GmbH, Tauernfleisch Vertriebs GmbH, Wech-Kärntner Truthahnverarbeitung GmbH, Wech-Geflügel GmbH, Johann Zsifkovics y Comisión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
La República de Austria solicita al Tribunal de Justicia:
1)
Que se anule en su totalidad la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 18 de noviembre de 2009 en el asunto T-375/04 (Scheucher y otros/Comisión).
2)
Que se resuelva definitivamente el asunto, declarando la inadmisibilidad de la demanda o, en cualquier caso, desestimándola por infundada.
3)
Que se condene a los demandantes en primera instancia a cargar con las costas tanto del procedimiento de casación como del procedimiento de primera instancia en el asunto T-375/04.
Motivos y principales alegaciones
La recurrente en casación alega que la sentencia recurrida infringe el artículo 263 TFUE, párrafo cuarto. Según ella, el Tribunal de Primera Instancia no tuvo en cuenta que la Decisión de la Comisión que impugnaron las demandantes en primera instancia no les afecta ni individual ni directamente, puesto que no afecta sustancialmente a su posición en el mercado. Además, la recurrente en casación sostiene que su régimen general de ayudas sectoriales, autorizado por la Comisión, no implica ningún perjuicio para la competencia, puesto que la concesión de la ayuda en cada caso depende también de una decisión individual de las autoridades competentes. Por último, señala que las demandantes en primera instancia carecen del necesario interés en ejercitar la acción, puesto que la Decisión de la Comisión que impugnaron no les afecta personalmente.
Por otra parte, la recurrente en casación opina que la sentencia recurrida infringe el artículo 108 TFUE, apartado 2. Según ella, el Tribunal de Primera Instancia se basó erróneamente en que, durante el procedimiento de examen preliminar, la Comisión encontró serias dificultades al analizar las medidas controvertidas, y por eso se vio obligada a incoar el procedimiento de investigación formal.
Además, la recurrente en casación considera que la sentencia recurrida también vulnera las normas relativas a la carga de la prueba. Según ella, el Tribunal de Primera Instancia obligó a la Comisión a incoar el procedimiento de investigación formal, pese a que los demandantes no aportaron prueba alguna del perjuicio supuestamente sufrido.
Según las afirmaciones de la recurrente en casación, la sentencia recurrida infringe asimismo el artículo 81 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, puesto que está fundamentada de tal forma que resulta contradictoria en sí misma.
Por último, la recurrente en casación alega que la sentencia recurrida infringe igualmente el artículo 64 del Reglamento de Procedimiento, puesto que el Tribunal de Primera Instancia omitió verificar circunstancias relevantes mediante diligencias de ordenación del procedimiento.
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