1.5.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 113/25
Recurso interpuesto el 16 de febrero de 2010 — Comisión Europea/Reino de España
(Asunto C-90/10)
2010/C 113/40
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: S. Pardo Quintillán y D. Recchia, agentes)
Demandada: Reino de España
Pretensiones
—
Que se declare que el Reino de España,
—
al no haber establecido prioridades de conservación respecto de las zonas especiales de conservación correspondientes a los lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica macaronésica en su territorio identificados por la Decisión 2002/11/CE (1), de conformidad con el apartado 4 del artículo 4 de la Directiva 92/43/CEE (2), y
—
al no haber adoptado y aplicado las medidas apropiadas de conservación, así como un régimen de protección que evite el deterioro de los hábitats y las perturbaciones significativas de las especies, garantizando la protección legal de las zonas especiales de conservación correspondientes a los lugares mencionados en la Decisión 2002/11/CE situados en el territorio español, de conformidad con los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE,
ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al apartado 4 del artículo 4 y a los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE;
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Que se condene en costas al Reino de España.
Motivos y principales alegaciones
La Comisión considera que el Reino de España ha incumplido, por lo que se refiere a las zonas especiales de conservación correspondientes a los lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica macaronésica en su territorio identificados por la Decisión 2002/11/CE,
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la obligación de establecer prioridades de conservación, de conformidad con el apartado 4 del artículo 4 de la Directiva;
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la obligación de adoptar y aplicar medidas apropiadas de conservación, así como un régimen de protección que evite el deterioro de los hábitats y las perturbaciones significativas de las especies, garantizando la protección legal de dichas zonas especiales de conservación, de conformidad con los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Directiva.
(1) De la Comisión, de 28 de diciembre de 2001, por la que se aprueba la lista de lugares de importancia comunitaria con respecto a la región biogeográfica macaronésica, en aplicación de la Directiva 92/43/CEE del Consejo
DO 2002 L 5, p. 16
(2) Del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres
DO L 206, p. 7
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