1.5.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 113/26
Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Breda (Países Bajos) el 17 de febrero de 2010 — VAV Autovermietung GmbH/Inspecteur van de Belastingdienst/Douane Zuid, kantoor Roosendaal
(Asunto C-91/10)
2010/C 113/41
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Rechtbank Breda
Partes en el procedimiento principal
Demandante: VAV Autovermietung GmbH
Demandada: Inspecteur van de Belastingdienst/Douane Zuid, kantoor Roosendaal
Cuestiones prejudiciales
1)
El Derecho comunitario, en particular el principio de libre circulación de servicios tal como se define en los artículos 49 CE a 55 CE (actualmente, artículos 56 a 62 [TFUE]), ¿se opone a una normativa nacional por la que una persona residente o establecida en los Países Bajos, que utiliza en los Países Bajos un automóvil de alquiler matriculado en otro Estado miembro, está obligado a pagar un impuesto con ocasión de la primera utilización de la red vial neerlandesa con dicho vehículo, exigiéndose al principio la totalidad del importe del impuesto y, concediéndose con posterioridad, al finalizar la utilización con dicho vehículo de la red vial neerlandesa, la devolución del saldo del impuesto sin reembolso de los intereses, por lo que, en definitiva, el importe adeudado y pagado coincide con la duración de la utilización en los Países Bajos?
2)
En caso de que la mencionada normativa deba considerarse un obstáculo al principio de libre circulación de servicios tal como se define en los artículos 49 CE a 55 CE (actualmente, artículos 56 a 62 [TFUE]), ¿puede encontrarse una justificación para ello en la igualdad de trato de todos los vehículos que se encuentren en los Países Bajos, así como en evitar el abuso y/o la discriminación inversa (en relación con dicha igualdad de trato y derivada de la misma) tanto de los arrendadores nacionales como de sus clientes, puesto que en un arrendamiento nacional también debe pagarse previamente la totalidad del importe del impuesto?
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