11.9.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 246/24
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Liège (Bélgica) el 30 de junio de 2010 — Hubert Pagnoul/État belge — SPF Finances
(Asunto C-314/10)
2010/C 246/42
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal de première instance de Liège
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Hubert Pagnoul
Demandada: État belge — SPF Finances
Cuestión prejudicial
El artículo 6 del Título I, «Disposiciones comunes», del Tratado de Lisboa de 13 de diciembre de 2007 por el que se modifica el Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009 (que reproduce en buena medida las disposiciones que figuraban en el artículo 6 del Título I del Tratado de la Unión Europea firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, que entró en vigor el 1 de noviembre de 1993), así como el artículo 234 (antiguo artículo 177) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (Tratado CE) de 25 de marzo de 1957, por una parte, y/o el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2000, por otra, ¿se oponen a que una ley nacional, como la de 12 de julio de 2009 por la que se modifica el artículo 26 de la Ley especial de 6 de enero de 1989 sobre la Cour d’arbitrage, (1) obligue a plantear una cuestión previa ante la Cour constitutionnelle al juez nacional que compruebe que un sujeto pasivo ha sido privado, por otra ley nacional, en particular por el artículo 49 de la Ley-programa de 9 de julio de 2004, de la tutela judicial efectiva garantizada por el artículo 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, que se ha integrado en el Derecho comunitario, sin que dicho juez pueda garantizar de modo inmediato la aplicabilidad directa del Derecho comunitario al litigio del que conoce y pueda ejercer un control de la compatibilidad con el Convenio cuando la Cour constitutionnelle ha reconocido que la ley nacional no se opone a los derechos fundamentales garantizados por el título II de la Constitución?
(1) Moniteur belge, de 31 de julio de 2009, p. 51617.
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