18.12.2010
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 346/32
Petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo (España) el 28 de septiembre de 2010 — Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD)/Administración del Estado
(Asunto C-469/10)
2010/C 346/52
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Supremo
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD)
Otra parte: Administración del Estado
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse el artículo 7, letra f), de la Directiva 95/46/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en el sentido de que se opone a una normativa nacional que, no mediando consentimiento del afectado y para permitir el tratamiento de sus datos de carácter personal que resulte necesario para satisfacer un interés legítimo del responsable o de los terceros a los que se vayan a comunicar, exige además de que no se lesionen los derechos y libertades fundamentales de aquel que los datos consten en fuentes accesibles al público?
2)
¿Concurren en el mencionado artículo 7, letra f), las condiciones que exige la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para atribuirle efecto directo?
(1) DO L 281, p. 31
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