15.1.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 13/18
Petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Ireland (Irlanda) el 15 de octubre de 2010 — M.E. y otros/Refugee Applications Commissioner, Minister for Justice, Equality and Law Reform
(Asunto C-493/10)
2011/C 13/32
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
High Court of Ireland
Partes en el procedimiento principal
Demandante: M.E. y otros
Demandada: Refugee Applications Commissioner, Minister for Justice, Equality and Law Reform
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Tiene el Estado miembro que traslada, en virtud del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, (1) la obligación de evaluar el cumplimiento por parte del Estado miembro receptor del artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, de las Directivas 2003/9/CE, (2) 2004/83/CE (3) y 2005/85/CE del Consejo (4) y del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo?
2)
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, y si se determina que el Estado miembro receptor incumple alguna de las citadas disposiciones, ¿está obligado el Estado miembro que traslada a asumir la responsabilidad de examinar la solicitud en virtud del artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo?
(1) Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, de 18 de febrero de 2003, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 50, p. 1).
(2) Directiva 2003/9/CE del Consejo, de 27 de enero de 2003, por la que se aprueban normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo en los Estados miembros (DO L 31, p. 18).
(3) Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida (DO L 304, p. 12).
(4) Directiva 2005/85/CE del Consejo, de 1 de diciembre de 2005, sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado (DO L 326, p. 13).
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