Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 23 de mayo de 2011 — Rossius y Collard/État belge
(Asuntos acumulados C‑267/10 y C‑268/10)
«Artículo 6 TUE, apartado 1 — Artículo 35 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Tenencia y venta de labores del tabaco para fumar — Disposiciones nacionales que autorizan la recaudación de impuestos especiales sobre las labores del tabaco — Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia»
1. Cuestiones prejudiciales — Competencia del Tribunal de Justicia — Límites — Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión — Resolución nacional que no constituye una medida de aplicación del Derecho de la Unión ni presenta otros puntos de conexión con éste — Incompetencia del Tribunal de Justicia (Art. 6 TUE, ap. 1; art. 267 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 51, ap. 1) (véanse los apartados 15, 16 y 19)
2. Cuestiones prejudiciales — Competencia del Tribunal de Justicia — Límites — Examen de la compatibilidad del Derecho nacional con el Derecho de la Unión — Exclusión (Art. 267 TFUE) (véanse los apartados 24 a 31)
Objeto
Peticiones de decisión prejudicial — Tribunal de première instance de Namur — Interpretación del artículo 6 TUE, apartado 1, párrafo primero, y del artículo 35 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Compatibilidad con el objetivo de protección de la salud pública de una normativa nacional que permite la fabricación, importación, promoción y venta de labores del tabaco para fumar, reconocidas como gravemente perjudiciales — Validez en relación con las normas antes citadas de las disposiciones nacionales que autorizan la recaudación de impuestos especiales sobre las labores del tabaco.
Fallo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a las cuestiones planteadas por el tribunal de première instance de Namur (Bélgica) mediante resoluciones de 24 de marzo de 2010.
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