29.1.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 30/68
Recurso interpuesto el 30 de noviembre de 2010 — Schuerewegen/Parlamento
(Asunto F-125/10)
2011/C 30/135
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Daniel Schuerewegen (Marienthal, Luxemburgo) (representantes: P. Nelissen Grade y G. Leblanc, abogados)
Demandada: Parlamento Europeo
Objeto y descripción del litigio
Anulación de la decisión de la AFPN por la que el demandante fue apartado de su puesto de trabajo y por la que se le retiró su tarjeta de servicio, así como de los actos consecutivos a esta decisión, y solicitud de indemnización por daños y perjuicios.
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la decisión de la AFPN de 30 de agosto de 2010 por la que se desestima la reclamación del demandante.
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Que se anule la decisión de la AFPN de 25 de marzo de 2010 por la que el demandante fue expulsado a la fuerza, sin justificación ni notificación escrita u oral y sin preaviso, y por la que se le retiró su tarjeta de servicio, así como los actos consecutivos a esta decisión.
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Que se indique a la parte demandada los efectos que implica la anulación de las decisiones impugnadas y, en particular, la reparación del perjuicio sufrido por el demandante.
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Que se condene a la parte demandada a rembolsar íntegramente los gastos médicos derivados de los problemas de salud que padeció el demandante a raíz de estos acontecimientos.
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Que se condene a la parte demandada a restituir todos los días de vacaciones anuales que el demandante cogió a partir del 25 de marzo de 2010, añadiéndose todos los días de ausencia por enfermedad.
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Que se condene a la parte demandada a presentar al demandante excusas públicas y escritas con el fin de limpiar su honor de cualquier falta ante todos.
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Que se condene a la parte demandada a velar por que el demandante no sufra en lo sucesivo ningún trato o medida de carácter vejatorio o discriminatorio por razón del acto lesivo impugnado.
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Que se condene a la parte demandada a velar por que en el expediente individual del demandante no subsista huella alguna del acto lesivo, de sus motivos o consecuencias.
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Que se condene a la parte demandada a buscar activa y rápidamente un puesto para el demandante suficientemente alejado de su destino actual que le permita reincorporarse al trabajo en condiciones humanamente aceptables.
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Que se condene a la parte demandada a velar por que las personas que participaron, activa o indirectamente, en la concepción del acto lesivo sean objeto de advertencias o de sanciones adecuadas.
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Que se condene a la parte demandada a abonar al demandante la cantidad de 10 000 euros en concepto de daño moral y la cantidad provisional de 5 000 euros en concepto de daño material, sin perjuicio de incremento.
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Que se condene en costas al Parlamento Europeo.
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