Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 24 de mayo de 2011 — Longevity Health Products/OAMI — Tecnifar (E-PLEX)
(Asunto T‑161/10)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa E-PLEX — Marca nacional denominativa anterior EPILEX — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 39 y 43)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 5 de febrero de 2010 (asunto R 622/2009-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Tecnifar — Indústria Técnica Farmacêutica, S.A., y Longevity Health Products, Inc.
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria:
Longevity Health Products, Inc.
Marca comunitaria solicitada:
Marca denominativa E-PLEX para productos y servicios de las clases 3, 5 y 35 — Solicitud de registro nº 5.126.909
Titular de la marca o del signo invocados en oposición:
Tecnifar — Indústria Técnica Farmacêutica, S.A.
Marca o signo invocados en oposición:
Marca denominativa portuguesa EPILEX, registrada para productos de la clase 5
Resolución de la División de Oposición:
Estimación parcial de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso:
Desestimación parcial del recurso
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas a Longevity Health Products, Inc.
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