22.9.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 287/13
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 12 de julio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — HIT hoteli, igralnice, turizem dd Nova Gorica, HIT LARIX, prirejanje posebnih iger na srečo in turizem dd/Bundesminister für Finanzen
(Asunto C-176/11) (1)
(Artículo 56 TFUE - Restricción a la libre prestación de servicios - Juegos de azar - Norma de un Estado miembro que prohíbe la publicidad de casinos situados en otros Estados si el nivel de protección legal de los jugadores en dichos Estados no es equivalente al garantizado en el ámbito nacional - Justificación - Razones imperiosas de interés general - Proporcionalidad)
2012/C 287/21
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: HIT hoteli, igralnice, turizem dd Nova Gorica, HIT LARIX, prirejanje posebnih iger na srečo in turizem dd
Demandada: Bundesminister für Finanzen
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Verwaltungsgerichtshof — Interpretación del artículo 56 TFUE y siguientes — Libre prestación de servicios — Juegos de azar — Normativa de un Estado miembro que prohíbe en su territorio la publicidad de casinos situados en otros Estados si el nivel de protección jurídica de los jugadores en dichos Estados no se considera equivalente al nivel de protección garantizada en el ámbito nacional.
Fallo
El artículo 56 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a la normativa de un Estado miembro en virtud de la cual sólo se autoriza la publicidad que tiene por objeto la promoción en dicho Estado de casinos situados en otro Estado miembro si las disposiciones legales adoptadas en ese otro Estado miembro en materia de protección de los jugadores presentan garantías en esencia equivalentes a las de las disposiciones legales correspondientes en vigor en el primer Estado miembro.
(1) DO C 226, de 30.7.2011.
Full & Egal Universal Law Academy